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Rai: Requisitos, obligaciones, sanciones y mucho más

Requisitos, obligaciones y sanciones de la Renta Activa de Inserción. Rai: Requisitos, obligaciones, sanciones y mucho más. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Deseas conocer todo lo relacionado con el RAI, Renta Activa de Inserción, un beneficio otorgado por el gobierno español a un grupo de ciudadanos con ciertas necesidades, veamos cómo funciona.

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Índice

RAI

La renta Activa de Reinserción es un plan dirigido a los desempleados con limitaciones de rentas así como con dificultades para obtener un nuevo empleo. En este plan se incluyen los parados de extenso lapso mayores a 45 años, emigrantes que hayan entrado al país después de un año mayores a 45 años; las víctimas de violencia o personas con discapacidad.

Los montos varían pero en promedio el estado otorga una cantidad mensual fija de 451 Euros, dependiendo de ciertas condiciones y cumplir con una serie de requisitos. Pero veamos en detalle cómo funciona y a quién beneficia realmente; puedes también consultar otros beneficios similares a través del siguiente post Mercado laboral en España

Requisitos básicos del RAI

Estos beneficios van dirigidos específicamente a los desempleados. Se establecen como una forma de ayuda gubernamental establecidas en las leyes vigente s del país para disfrutar de estos beneficios es importante contar con lo siguiente:

  • Menor de 65 años.
  • Ingresos particulares menores a 712,50 euros mensuales.
  • El tope de rentas de su unidad familiar no debe superar los ingresos mensuales .
  • No haber sido beneficiario de algunos de los Programas de Renta Activa de Inserción anteriores.
  • No haber cobrado la RAI durante los últimos 365 días naturales anteriores a la solicitud, en los casos diversos se establecen diversas regulaciones.
  • Está destinado para mayores de 45 años.

Desempleados de larga duración mayores de 45 años

Para poder disfrutar de este beneficio es importante en primer lugar cumplir con los requisitos generales de la ayuda, además cumplir con lo siguiente

  • Tener 45 o más años de edad.
  • Haber agotado alguna de las prestaciones contributiva o subsidio por desempleo.
  • No tener derecho a otras prestaciones o subsidios de desempleo, ni tampoco la renta agraria
  • Estar legalmente inscrito en la oficina de empleo como demandante de empleo durante los últimos 12 meses.

Emigrantes retornados mayores de 45 años

En este renglón se ubican los ciudadanos españoles que han realizado trabajos en otros países y no incluidos en los convenios de Comunidad Europea. Las condiciones para recibir el beneficio son las siguientes.

  • Tener 45 o más años de edad.
  • Haber laborado al menos 6 meses en el extranjero desde el momento en que salieron del país y haber regresado 12 meses antes de realizar la solicitud.
  • No es necesario estar inscrito como demandante de empleo en los últimos 12 o más meses ininterrumpidos.

Víctimas de violencia de género o doméstica

En primer lugar cumplir con los requisitos básicos y demostrar haber sufrido de violencia doméstica o de cualquier otro tipo veamos las condiciones:

  • Presentar una acreditación relacionada con la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica. Esto se realiza mediante la solicitud de una certificación emitida por los Servicios Sociales de la Administración.
  • Anexar por resolución judicial, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal.
  • No es necesario estar inscrito como demandante de empleo durante los 12 anteriores de forma ininterrumpida, así como tener 45 o más años de edad.
  • No haber agotado todos los lapsos de prestación o subsidio.

Personas con discapacidad igual o superior al 33%

Este tipo de desempleados se consideran los más críticos y deben ser atendidos con atención, para disfrutar del beneficio es importante que la persona cumpla con los recaudos básicos y con el siguiente:

  • Haber agotado una prestación contributiva o subsidio por desempleo.
  • Cobrado los montos previos al paro antes de pedir la RAI, en este caso se toman en cuenta las prestaciones percibidas a partir de octubre de 1980 en adelante.
  • Presentar un informe donde se reconozca la discapacidad igual o superior al 33%.
  • Ser pensionado por incapacidad definitiva.
  • Debe estar inscrito en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses.

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¿Cómo se solicita el RAI?

Para disfrutar del beneficio se deben realizar algunos trámites. EN primer lugar descargar el formulario oficial a través de la página oficial del SEPE (Servicio Público de Empleo), puedes descargarla a través de esta link SEPE 

Después de llenar la planilla se debe presentar en las oficinas del Servicio Público de Empleo,  en este caso es importante solicitar una cita previa utilizando los canales dispuesto para ello, como la Sede electrónica del SEPE, si se tiene certificado digital, clave o DNI electrónico.

Si no dispone de los documentos solicitados puede enviar la solicitud de la RAI utilizando el registro público o por medio de un mensaje administrativo dirigido a la Dirección Provincial del SEPE.

Obligaciones y sanciones en la RAI

Este sistema tiene una serie de obligaciones que pueden generar sanciones más drásticas que el resto de los beneficios y subsidios similares entregados por el estado. El plan de la RAI se enfoca en los procesos para seguir renovando la demanda de empleo y no dejar de sellar el paso.

Si la persona comienza a laborar por cuenta propia inmediatamente debe notificar al SEPE para proceder a la suspensión de los compromisos adquiridos de no hacerlo podrías tener problemas de tipo legal.

Consideraciones

Todas estas situaciones y procedimientos para llevar a cabo la implementación de el RAI , se encuentran establecidas en el Real Decreto 1369/2006, emitido el 24 de noviembre de ese año. De esta forma se regulan los procedimientos de inserción para los desempleados.

También con este decreto se intenta controlar y gestionar el programa de renta activa de inserción para desempleados, así como las condiciones especiales en personas con necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

De manera que es muy explícito todo el proceso y cualquier persona puede verificarlo cuando lo desee. Nosotros intentamos en este artículo ofrecer la información más básica y general para orientar a aquellas personas que desconocen en su totalidad la existencia de este beneficio.

Si eres una de ellas, te recomendamos activar los procesos y comenzar a buscar de una vez los recaudos para realizar la solicitud lo más pronto posible; además recuerda que con el problema actual de la pandemia las instituciones establecieron proceso de control y bioseguridad para realizar estos trámites.

 

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