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Requisitos para cambio de domicilio IMSS: Todo lo que no te han contado

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Empresario, patrón, representante legal o persona autorizada puede hacer el trámite de aviso de cambio de domicilio ante el  IMSS, lee los Requisitos para cambio de domicilio IMSS: Todo lo que no te han contado.

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Índice

Qué es el cambio de domicilio IMSS

Como patrón que está oficialmente registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social o IMSS, al cambiarse la dirección del domicilio del centro de operaciones, se debe dar aviso de modificación al organismo en cuestión.

Este trámite se conoce como Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo

Quién lo puede realizar

El trámite de aviso de modificación del domicilio, puede ser realizado por el  representante legal o la persona autorizada  por el Patrón o sujeto obligado.

Debe considerarse que desde el momento de hacerse el  cambio o modificación fisica,  se cuenta con un lapso de cinco  días hábiles para informárselo al  IMSS.

Requisitos para cambio de domicilio IMSS

Para dar aviso al IMSS se debe completar el formulario AM-SRT que corresponde al  Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.

Existen dos opciones para realizar el trámite, por la vía presencial y por internet.

Si se elige realizar el trámite por medios electrónicos, es decir, vía internet, es necesario poseer la firma electrónica avanzada o FIEL.  La cual es emitida  por el Servicio de Administración Tributaria SAT.

También la  Clave Única de Registro de Población CURP y la notificación ante el Servicio de Administración Tributaria. Se deberán completar los datos que el sistema requiera.

Para la modalidad presencial, se debe completar el formulario AM-SRT que corresponde al  Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo, firmado por el patrón o el  representante legal autorizado ante el IMSS.

Si fuese el  caso que el representante legal no estuviese autorizado, se debe:

  1. Presentar en original y copia, poder notariado, que certifique su carácter de representante legal. Especificando que está habilitado para realizar  actos administrativos y firmar documentos  ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
  2. Mostrar algún documento de identidad  oficial, como la constancia para votar, el pasaporte vigente, la  cartilla del servicio militar nacional, la Cédula profesional. También     la  matrícula consular, y en caso de ser extranjero  un documento que lo identifique, además de un documento migratorio vigente.
  3. La constancia de Registro Federal de Contribuyentes, emitido por el Servicio de Administración Tributaria SAT.
  4. Aportar la  Clave Única de Registro de Población o CURP, expedido por la oficina del Registro Nacional de Población RENAPO.

Es muy importante que los documentos y formularios no contengan errores, no estén tachados o enmendados.

En caso que la documentación haya sido expedida en el  extranjero, requerirán apostillado o legalización, además que deben estar en el idioma español.

Otro requisito corresponde a la presentación de la TIP o Tarjeta de Identificación Patronal, en caso de no tenerla, se debe presentar por escrito la razón o justificación de su carencia, bien sea por  robo, por destrucción o por extravío del respectivo documento.

El Registro Patronal no debe estar vencido y tampoco debe tener aviso de huelga, para que el trámite pueda proceder.

El aviso de cambio de domicilio se realiza en la Subdelegación que lleva el control de Registros Patronales Asociados, cuando exista la  vinculación con un Registro Patronal Único con el Registro Patronal

Mientras que si fuese un  Registro Patronal por Clase,  el trámite será  realizado  en el domicilio fiscal, adicionalmente presentar un Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro, formulario AFIL-01.

Esto aplica a  cada Registro Patronal por cada Clase que haya sido asignada.

También puede darse la ocasión,  que el cambio de domicilio sea entre municipios.  En esta situación, se debe comenzar con la habilitación del patrono, luego el correspondiente  registro en el Seguro de Riesgos de Trabajo, todo con  el nuevo domicilio del centro de trabajo.

Debiendo gestionarse el nuevo número de patrón con identidad electrónica y el respectivo  Certificado Digital. Gestiones indispensables  para los  trámites electrónicos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Al completarse los trámites expuestos, automáticamente queda inhabilitado el anterior registro de patrón con la dirección del antiguo centro de operaciones.

Las constancias de domicilio aceptadas para realizar el trámite son:

  1. Los Contratos vigentes, no mayor a dos meses,  a nombre del patrón.
  2. Documentos de alquiler, con anexo del último comprobante de pago de la renta.
  3. Comprobante de subalquiler, igualmente con el último recibo de pago respectivo.
  4. El contrato oficial de Fideicomiso
  5. El documento que haga constar la apertura de una cuenta bancaria.
  6. Los comprobantes o recibos de Servicios como luz, teléfono o agua.

Documentos necesarios

De acuerdo con la modalidad que hayas decidido elegir entre presencial y a través de medios electrónicos, se requiere:

En línea

  • Presentar el aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)

De forma Presencial

  • Original y dos copias de la constancia de  Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro y el documento de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.
  • En fotocopia simple, la manifestación realizada ante el SAT Servicio de Administración Tributaria .
  • En original y una copia del documento que compruebe la dirección del  centro de trabajo.
  • También la  TIP o tarjeta de Identificación Patronal, original

Dónde hacer el trámite

Existen dos alternativas habilitadas para realizar el aviso de modificación de domicilio, estas son:

Por la vía electrónica o en  línea:

Cabe destacar que  esta opción esta disponible solo por los patrones que se encuentran en la Ciudad de México. Y que además  estén  ubicados en el  municipio del Estado de la República.

Prestan atención durante el año completo.

Por la vía presencial:

En esta opción se requiere ubicar la Subdelegación más cercana a la dirección del domicilio del centro de trabajo. La atención es de  lunes a viernes en el horario desde las  8:00 hasta las  15:30.

Es posible hacer el trámite en línea

Como comentamos anteriormente, una de las opciones es en lincea, a través del portal del Gobierno de México Escritorio Virtual.

Recalcando que es aplicable a los patrones  ubicados dentro del mismo municipio del Estado de la República en la Ciudad de México.

 Costo del trámite

La realización del trámite no representa pago alguno, es gratuito.

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