Tramite el certificado de defunción rápidamente
Tramite el certificado de defunción rápidamente. Avalar que ha ocurrido un fallecimiento se hace mediante un certificado de defunción. No es tarea fácil, es más, es indispensable para llevar a cabo procesos y trámites de herencias o pensiones a familiares, en este artículo se responderán a cuestiones sobre cómo tramitarlo, qué es, cuál es su clasificación, entre otras. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Índice
- 1 ¿Cómo obtener el certificado de defunción?
- 2 ¿Si se realiza por vía internet, dónde se recoge?
- 3 ¿Qué tipos de certificados existen?
¿Cómo obtener el certificado de defunción?
Un certificado de defunción es un documento que se debe tramitar para hacer constar los datos detallados del fallecimiento de una persona, como la hora, fecha, lugar y así, acreditar un fallecimiento.
Presencialmente:
Este certificado se puede solicitar asistiendo personalmente al Registro Civil al que se encuentre inscrito el fallecimiento, adjuntando el D.N.I. del solicitante de el certificado en cuestión.
Debe especificarse el nombre completo del fallecido, nombres y apellidos, así como los datos del fallecimiento, como el lugar y la fecha.
Posterior a esto, se debe detallar la clase de certificado de defunción se requiere: Literal, Ordinario o Bilingüe, Plurilingüe, Internacional, Extracto, Negativo o Positivo.
Vía correo:
En el caso de que se desee hacer solicitud de un certificado por medios comunes, como es el correo, se puede hacer envío de una carta de solicitud al Registro Civil dejando claro el motivo, datos de contacto, nombre, dirección postal a la que se requiere recibir el certificado.
Como ya se mencionó, es importante incluir los datos de contacto como el número de teléfono si se requiere establecer comunicación para sanjar alguna duda, aclarar datos entre otras cuestiones.
Mediante Internet:
El certificado de defunción se puede obtener vía internet, mientras la circunstancia del Registro Civil se encuentre informatizado, lo que aún no es de manera general.
Los datos se deben remitir vía correspondencia a la dirección especificada en la solicitud . El retiro puede hacerse sin inconvenientes de forma presencial en el momento previamente acordado en la solicitud.
Es posible realizar esta solicitud vía internet con motivo de aquellas inscripciones existentes en los registros civiles en el desplegable, al que se anexarán las nuevas actualizaciones del proceso.
¿Si se realiza por vía internet, dónde se recoge?
En este caso, el certificado se emite preferiblemente vía correspondencia postal a la ubicación domiciliaria que se indique en la solicitud.
También se puede recoger en persona, siempre que se indique de forma expresa en dicha solicitud.
En aquellos casos en los que se indique que el modo de entrega será presencial, corresponde al propio Registro Civil indicar a partir de qué fecha estará disponible el certificado para ser recogido.
Documentos necesarios
- Certificado de Defunción original.
- Fotocopia de la cédula de identidad del fallecido o fallecida.
- Cuando el declarante no esté en capacidad de presentar este documento, puede consignar todos las formas de prueba que permitan la óptima identificación de la persona fallecida. En dado caso de que la persona fallecida esté en un estado de irreconocimiento, sea imposible identificarla, esté indocumentada o se presuma la comisión de un hecho punible.
- Original y copia fotostática de la Cédula de identidad de la persona que declara el fallecimiento.
- Original y copia fotostática de la Cédula de Identidad de dos testigos mayores de edad.
Pasos a seguir
De forma presencial:
- Asistir personalmente al Registro Civil al que se encuentre inscrito el fallecimiento.
- Presentar el D.N.I. del solicitante de el certificado en cuestión.
- Dejar claro el nombre completo del fallecido, nombres y apellidos, así como los datos del fallecimiento, como el lugar y la fecha.
- El siguiente paso es detallar la clase de certificado de defunción se requiere: Literal, Ordinario o Bilingüe, Plurilingüe, Internacional, Extracto, Negativo o Positivo.
En caso de ser por medio de correspondencia ordinaria:
- Realizar el envío de una carta de solicitud al Registro Civil.
- Describir el motivo, datos de contacto, nombre, dirección postal a la que se requiere recibir el certificado.
- Especificar datos como: Nombre, apellidos, y D.N.I. del solicitante del certificado. Nombre y apellidos del fallecido y lugar y fecha del fallecimiento.
- Seguidamente se debe especificar el tipo de certificado requerido
- Datos de contacto como el número de teléfono para así establecer comunicación para sanjar alguna duda, aclarar datos entre otras cuestiones.
Si se realiza vía internet, se siguen los siguientes pasos:
- Ingresar en la página oficial.
- Seleccionar con el cursor “Tramitación on-line sin certificado digital”.
- En la pestaña emergente hacer clic en la Comunidad Autónoma del Registro Civil donde esté inscrito el fallecimiento.
- Pulsa sobre el botón “Continuar”.
- Otra pestaña a la que serás redirigido será en la que vaciarás los datos del causante del certificado.
¿Quiénes pueden tramitar este documento?
Cualquier ciudadano que tenga interés puede solicitar un certificado de defunción. Aunque se debe tener en cuenta que quienes se denominan como registradores civiles, deben evitar inscribir las defunciones en caso de que no sean declaradas por alguno de los individuos anteriormente mencionados, lo que hace vital que las personas indicadas deban asistir a realizar la inscripción.
- Familia inmediata en el rango del tercer grado de consanguinidad y primero de afinidad.
- El individuo que haya establecido relaciones maritales estables o de concubinato siempre y cuando dicha unión haya sido de manera estable.
- En caso de que haya ocurrido en un buque o aeronave, los capitanes o capitanas de dichos medios de transporte deben tramitarlo.
- Todas las personas con autoridad civil, médica, militar o policial, en caso de que esté consciente de la muerte de un individuo desconocido, el descubrimiento de un cuerpo incapaz de ser reconocido o de una inhumación practicada en lugares distintos a los autorizados.
¿Qué tipos de certificados existen?
Como se ha explicado, este certificado debe ser declarado con carácter obligatoria frente al registro civil, bien sea en las oficinas o en las unidades de la misma entidad, en el plazo de 48 horas consecutivas al fallecimiento. En este certificado de defunción, se hacen constar los datos detallados del fallecimiento de una persona, como la hora, fecha, lugar y así, acreditar un fallecimiento.
Claro esto, la clasificación de certificados de defunción que se puede demandar son los siguientes:
Certificados Positivos: Todos los que acreditan que en el Registro Civil que lo expide si se está inscrito el fallecimiento de una persona.
Extracto: Es un informe parcial sintetizado resume la información detallada del fallecimiento que existe en el Registro Civil correspondiente. Al mismo tiempo se subdivide en los siguientes tipos:
Ordinarios: Se emite en castellano para todas las Comunidades Autónomas en las cuales el único idioma que figure como oficial.
Internacional o plurilingüe: Influye en países como:
- España.
- Bélgica.
- Francia.
- Grecia.
- Austria.
- Italia.
- Luxemburgo.
- Alemania.
- Holanda.
- Portugal.
- Suiza.
- Turquía.
- Croacia.
- Macedonia.
- Bosnia.
- Eslovenia.
- Serbia.
- Lituania.
- Polonia.
- Montenegro.
- Moldavia.
- Estonia.
- Rumanía.
- Bulgaria.
Bilingüe: La que se emite ante la solicitud de un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que cuente con un idioma oficial propio, el cual se va a expedir con dos idiomas, castellano y en idioma oficial de dicha comunidad.
Literal: Es una copia fidedigna y literal de la inscripción de defunción, que contiene todos los datos sobre la identidad del fallecido y el hecho del fallecimiento.
Certificados Negativos: Se definen como los que acreditan que en el Registro Civil que lo expide no está inscrito el fallecimiento de una persona.
Positivos
El Certificado de defunción positivo, el cual contiene información pertinente a la inscripción de la muerte de un individuo en ese Registro Civil. El cual, se subdivide en dos;
- El extracto, que se trata de una síntesis de la información relacionada al acontecimiento de la muerte que es avalada en el registro civil.
- El literal, el cual figura como copia fidedigna de la inscripción de la defunción, con detalles de la identidad de la persona fallecida y el motivo del fallecimiento.
Negativos
Un segundo certificado de defunción es el negativo, que avala que no hay registro del fallecimiento de un sujeto en ese Registro Civil.
Registros principales donde puedo hacer el trámite de forma presencial.
En este caso el certificado se recoge en la propia ventanilla del Registro Civil. Se debe realizar en las oficinas adscritas al Servicio de Registros y Notarías
Debido a que el certificado de defunción es el documento que avala los datos relacionados al fallecimiento de un individuo, donde se dejan especificados por escrito, la fecha, hora y lugar del acontecimiento,y de esta manera acreditar dicho fallecimiento.
Como se ha mencionado anteriormente, se expide mediante el Registro Civil correspondiente, donde todos los sucesos que implican el estado civil de las personas se inscriben.
Ya obtenido, es prácticamente obligatorio, a primeras de cambio para así iniciar el proceso de la gestión de preparación fúnebre, entierro y luego, asistir a la notaría que expide el testamento, solicitar una copia de este o tener a disposición una herencia, también, se hace necesario para pedir por parte del cónyuge, la pensión correspondiente.
Una vez lista la aprobación de la solicitud, rigiéndose por lo declarado en Gaceta Oficial se invita a los órganos, entes e instituciones de la administración pública o privada, a tener en cuenta dichas actas de defunción única y exclusivamente como documentos demostrativos del fallecimiento de una persona, ya que en el Registro Civil se cuenta con la presencia de actas por la filiación por consanguinidad o afinidad con la persona fallecida.