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Certificado de registro de ciudadano de la Unión

Registro de ciudadano la Unión. Certificado de registro de ciudadano de la Unión. Si quieres conocer todos los requisitos necesarios para poder obtener tu certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea; a lo largo de este artículo te presentaremos todos los pasos que debes tener en cuenta. Para saber todo sobre este documento, sus normativas y mucho más. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

 

¿Qué es el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea?

Este documento es el que se encarga de acreditar la inscripción dentro del registro central de Extranjeros sobre los ciudadanos de un Estado; que sea parte de la Unión Europea o de cualquier otro estado que parte en el acuerdo. Sobre espacios económicos Europeos que van a residir en España por un período mayor a los tres meses.

Normativas básicas de certificado de registro de ciudadano de la Unión NIE

Dentro de la Directiva 2004/38/CE, del parlamento Europeo y del consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los integrantes de sus familias a circular y permanecer libremente en el territorio de los Estados miembros.

Así como el decreto 240/2007, del 16 de febrero, con respecto a la entrada, al tránsito independiente y la residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte del convenio sobre el Espacio Económico Europeo.

Requisitos para obtener un nuevo certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea

Todo aquel ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de cualquier otro conforme el convenio sobre el Espacio Económico, tiene el derecho a tener un residencia en el territorio del Estado español por un periodo que sea mayor al de los tres meses, por lo que los requisitos que debe tener son:

  • Obtener un trabajo por cuenta ajena en España
  • Disponer para sí y para los miembros de su grupo familiar, de recursos suficientes para que no sea una carga para la asistencia social de España dentro del período de residencia. También debe obtener un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en cualquier otro país, que le brinde la cobertura en España durante su período de residencia siendo el equivalente a la que le proporcionó el Sistema Nacional de Salud.
  • Sobre la valoración de los medios económicos, se puede efectuar de manera individualizada, y en cualquier caso, tomando en cuenta la circunstancia familiar y personal del solicitante. Se considera una justificación suficiente para el cumplimiento de este requisito que cada año fije la Ley de presupuestos generales del Estado para desarrollar el derecho a recibir una prestación no contributiva del solicitante con respecto a dichas necesidades.
  • En otro caso, ser estudiante y estar inscrito en el centro público o privado que sea pagado por la administración educativa para poder llevar a cabo estudios o formación profesional, así como tener un seguro de padecimiento público o privado contratado por España y otro país que proporcione una cobertura completa en España u otro que brinde una cobertura completa en España y una declaración responsable de que se cuente con los recursos necesarios para sí y los miembros de su familia.
  • Ser nacional de un Estado miembro, familiar que acompaña o se reúne con un ciudadano de la Unión, que cumpla con las condiciones anteriormente mencionadas, el familiar a su vez, debe ser:
    • En el supuesto familiar de estudiante, su cónyuge o pareja de hecho inscrita o los hijos del estudiante y de su cónyuge o pareja a cargo.
    • Dentro de otros supuestos, el cónyuge o la pareja de hecho inscrita, sus descendientes directos y los del cónyuge o la pareja menores de 21 años o incapaces o que sean mayores de dicha edad que vivan a su cargo y los ascendientes directos o cónyuge o de la pareja registrada que vivan a su cargo.

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Documentación obligatoria

Es necesario saber que, con carácter netamente general; se debe aportar una copia de los documentos y exigir los originales en el momento de presentar la solicitud. Dicho esto, los documentos que debes tener de manera exigible son:

  1. Una solicitud impresa en modelo oficial (EX-18) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el ciudadano de la Unión. El cual puedes obtener dando en su página oficial.
  2. Debes tener el pasaporte o el documento nacional de identidad en vigencia y válido. En el supuesto de que haya caducado, debe aportarse una copia del mismo y la solicitud de renovación.
  3. Dependiendo de los siguientes supuestos:
    • En caso de ser trabajador por cuenta, podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
  • Declaración de contratación de empleador o el certificado de empleo, donde se incluya al menos los datos del nombre y la dirección de la empresa, con identificación fiscal y código de cuenta en cotización.
  • El contrato de trabajo registrado por el servicio público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma de CONTRAT@. En el siguiente enlace podrás conocer más sobre el sistema de contratación de Estado en España.
  • Un documento de alta o situación asimilada de alta en el régimen correspondiente de seguridad social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
    • Si es trabajador por cuenta propia podrá aportar a cualquiera de los siguientes documentos:
  • Inscripción en el censo de actividades económicas.
  • Una inscripción en el Registro Mercantil.
  • Documento de alta o situación similar al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o el permiso de la comprobación de los datos en los ficheros de la tesorería general de Seguridad Social o la Agencia Tributaria.

Asimismo, se debe tomar en cuenta que al aportar documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o a la lengua cooficial del territorio; en donde se estén presentando los documentos. Esperamos que te haya sido de gran ayuda la información de este artículo, si quieres conocer más como este puede visitar nuestro sitio Web. También te invitamos a ver el siguiente vídeo para complementar dicha información ¡Te esperamos!