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INTERESES POR MULTAS DE TRÁNSITO SE ELIMINAN AUTOMÁTICAMENTE

Las reformas a la Ley Orgánica de Tránsito y Transporte Terrestre están en vigencia desde el 10 de agosto de 2021.

Multas de Transito se eliminan. Intereses por multas de transito se eliminan automáticamente. La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) hizo pública la metodología que aplicará para la condonación de intereses generados por las multas de tránsito registradas en el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ). Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

La entidad recuerda que esta remisión responde a lo dictaminado en el artículo 179 de las reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en vigencia desde el 10 de agosto de 2021.

Condiciones a cumplir

  • La remisión aplicará una vez que la persona pague el total de las multas generadas.
  • El valor de la remisión corresponde al 2% del total de las infracciones acumuladas.
  • El plazo para acogerse a este beneficio es de 90 días contados a partir del 10 de agosto. Los requisitos son establecidos por la Dirección Metropolitana Financiera (DMF). Cualquier usuario automáticamente puede acogerse a este beneficio.
  • Las facilidades de pago se pueden extender por 12 meses y no se generarán recargos ni intereses adicionales. El interesado debe solicitarlo en la DMF.
  • El pago también se recepta a través de tarjeta de crédito.
  • Una vez notificada la contravención, el ciudadano podrá reducir el pago de su multa al 50%. Para ello debe registrarse, en el término de 20 días, contados a partir de ser notificado.
  • Para acceder a la reducción, el pago de la multa deberá ser en el tiempo establecido. Se podrá realizar en los bancos habilitados para el efecto o también mediante canales electrónicos.

En el comunicado de la AMT se destaca que la remisión de los intereses «deberá aplicarse de oficio por parte del ente de tránsito respectivo cuando se verifique que el pago realizado se ha cumplido con la totalidad de las multas principales». (AS)