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Requisitos para ser Gobernador: Todo lo que no te han contado

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El Gobernador ejerce su cargo con ayuda de un gabinete integrado por secretarias y organismos descentralizados, entre otros. ¿Te gustaría ser Gobernante? ¡Conoce todo lo que no te han contado, aquí! Sigue leyendo.

gobernador

 

Índice

¿Qué es un Gobernador?

Es un titular del Poder Ejecutivo, en todo lo que se refiere a las treinta y uno (31) entidades federativas y en la Ciudad de México en si, cabe destacar que no está contemplado en las leyes la reelección de los gobernadores,, ya que el mandato de cada uno de ellos es por seis (06) años.

La forma de ser elegidos es por voto directo y universal. Y una vez que son electos, inician sus obligaciones en la fecha que estipule la constitución local.

Si fuera el caso de muerte del gobernador, inmediatamente asume el cargo el secretario de gobierno de forma provisional, y previendo lo que establezca la constitución el Congreso estará en la obligación de nombrar a alguien que sea interino o sustituto.

Quienes establecen los requisitos, facultades, obligaciones y restricciones al cargo; son las Constituciones estadales, es decir, la titularidad de las políticas económicas, el mando de la fuerza pública: policía estadal y guardia nacional adscrita, desarrollo de la seguridad social y pública, divulgación y cumplimiento de las leyes formuladas por el Poder Legislativo y muchas otras privilegios concebidos en varios artículos de la constitución y las leyes locales.

En la Administración Pública Estadal, el Gobernador ejerce su cargo con ayuda de un gabinete integrado por secretarias, organismos descentralizados, dependencias estadales, direcciones generales, entre otros, y a su vez estos tienen bajo su responsabilidad muchas funciones de interés público.

Requisitos para ser Gobernador

Se requiere lo siguiente si se desea ser Gobernador en cualquier dependencia Federativa de México:

lista

  • Primeramente ser mexicano de nacimiento, es decir, ser nativo del estado, o en sus defectos, vivir en el mismo por un periodo no menor de 5 años previos al día de la elección.
  • Así como ser ciudadano del estado con pleno goce de sus derechos políticos.
  • Haber cumplido los 30 años al día de la elección.
  • Para optar por este cargo, no debe ser o pertenecer a ningún otro cargo de carácter público ni como funcionario ni ser militar activo, a menos que se separe del cargo con una antelación mínimo de noventa (90) días antes de la fecha de la elección.
  • Y por ultimo no ser ministro de alguna religión.

¿Cuánto tiempo dura el mandato de un Gobernador?

pasar el tiempo

Todos los días 4 de Octubre de cada año en que se celebre elección alguna, el Gobernador electo, tomara posesión del cargo. Bien sea que haya sido elegido por votación directa popular, extraordinaria u ordinaria, en ninguno de los casos podrá ser reelecto nuevamente ya que las leyes constitucionales así lo establecen.

Por ejemplo no se podrán elegir inmediatamente:

  • El Gobernador que fue proclamado por el Congreso del estado para culminar el periodo constitucional.
  • Un Gobernador Interino, el ciudadano que supla las faltas temporales del gobernador siempre y cuando se desempeñe en el cargo por los dos últimos años.

Funciones de un Gobernador en México

persona

En el Articulo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México define las funciones del Gobernador, las que mencionamos a continuación:

    • Cumplir y hacer cumplir las leyes del congreso y la Constitución Federal.
    • Velar por el cumplimiento de las leyes
    • Hacer la respectiva rendición de cuentas ante el Congreso referente al presupuesto.
    • Expedir y hacer observaciones a los decretos y las leyes que se susciten.
    • Ante la Legislatura del Estado, presentar nuevas propuestas de ley y/o decretos.
    • Crear acuerdos entre los Estados y los vecinos referentes a los límites territoriales.
    • Proveer al Poder Judicial el apoyo que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
    • Mantener relaciones directas con la Federación, referentes a la asistencia en los servicios públicos en el tema económico y social.
    • Realizar de forma permanente con los municipios y la Federación, las obligaciones y deberes en lo que se refiere al ambiente (Protección del ambiente, preservación y restauración del equilibrio ambiental), así como al ordenamiento territorial de los asentamientos y desarrollo urbano, de acuerdo a las competencias establecidas por las leyes federales.
    • Convidar y explicar las razones de las sesiones extraordinarias por las cuales se convoca a la Legislatura por conducto Diputación Permanente.
    • Ser el representante del Estado, en el marco jurídico establecido por la Constitución del Estado, respondiendo a las facultades que le sean asignadas o determinadas por la Ley o el Congreso, y a su vez tiene la potestad de asignar apoderados.

Es decir, el gobernador electo tiene el deber de:

  • Planificar, elaborar, ampliar, decretar y fiscalizar el Plan Estadal de Desarrollo, así como los planes desde lo micro a lo macro (desde los sectoriales a los regionales) y todo lo que esto conlleve. En referencia a lo regional siempre tendrá que apoyarse en los Ayuntamientos.
  • En términos de ley, coordinar con la Federación y los Municipios si ha de ser necesario mandar personalmente a la fuerza pública para conservar y mantener el orden público en todo el territorio estadal.
  • De acuerdo a lo establecido en las leyes y los reglamentos estadales, velar por la Guardia Nacional en el Estado.
  • De acuerdo a lo establecido por la Legislatura o la Diputación permanente, nombrar a los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado.
  • Designar y destituir a las personas que ocupen los cargos de servidores públicos, cuyo nombramiento no tenga otro tipo de condición que este establecido en la constitución.
  • Destituir por mala conducta a los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso administrativo del Estado, mediante solicitud ante la Legislatura o en este caso de la Diputación Permanente.

¿Qué es un Gobernador Interino?

congreso

El Gobernador interino es aquel que suplanta al Gobernador cuando este en ejercicio de su cargo debe ausentarse, o por razones ajenas a su voluntad se tiene que retirar, y es entonces quien asume el cargo es el interino que será nombrado por el Congreso o en sus defectos por la Diputación permanente.

Siendo así, el Gobernador interino debe ser nombrado en los  segundos tres años del periodo que corresponde a la continuidad del saliente, esto se realiza cuando se convoca al Congreso a sesiones extraordinarias para que por voto secreto y por mayoría de votos se elija al gobernador.

¿Cuáles son las gestiones que no puede hacer el Gobernador?

no

De acuerdo al artículo 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Gobernador no puede:

  • Sin autorización previa del Congreso o la Diputación Permanente, no puede apartarse de sus actividades por un mes o más.
  • Paralizar las elecciones populares ni tampoco la deliberación del Congreso.
  • Presentar modificaciones a las leyes constitucionales.
  • Exigir alguna contribución que no se encuentre establecida en las leyes.
  • Mientras se encuentre en campaña, ordenar a la Guardia nacional y toda la fuerza pública sin tener la aprobación de la Legislatura.

¡Nos leemos!